TELEPEAJE
el telepeaje yo lo pago con tarjeta de crédito y a los días 5 de cada mes me pasan el cargo , lo que recibo es un apunte de los importes de cada telepeaje durante el mes anterior.
Pero claro no tengo factura , ni IVA ni nada , cómo hago . El único documento físico con el que cuento es un docuemnto expedido por el banco donde se me detalla en qué lugar se me cobra el peaje con importes indivudalizados y el importe total .
lo cargo todo a la 629 sin iva , ¿ sería todo entonces gasto deducible ? , en mi caso la empresa es de transporte y el vehículo es de la empresa.
O si tengo que desglosar base más Iva , cómo me puedo hacer para conseguir las facturas. ¿ A quiñen solicitó ? el vehículo recorre prácticamente toda España , menuda labor .
GRACIAS
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Telepeaje
Si lo pides a las Cias. Concesionarias, te mandan factura de todos los cargos que luego te vienen en la cuenta bancaria.
Prueba si el trámite lo puedes conducir a través de tu banco.Em caso contrario, te dejo dos enlaces de dos de las grandes concesionarias de autopistas de peaje, en los que verás en su menú, el apartado de "solicitar facturación", en donde figuran las instrucciones.
telepeaje
¿ me podrías envíar el enlace ? ya que mi banco de lo del telepeaje ni idea. GRACIAS
Hola, En mi caso, trabajo en
Hola,
En mi caso, trabajo en una asesoría, y nos encontramos con clientes a los que solicitamos nosotros mismos las facturas porque no tienen ni idea de cómo hacerlo ... Hay casos en los que tienes que registrarte (o al cliente) para luego pedir las facturas, desde el momento en el que te has registrado (no es "retroactivo", por así decirlo) y para hacerlo simplemente entras en la página y envías documentación como certificados de titularidad, etc. En otros casos, simplemente tienes que remitir un escrito con los datos de la tarjeta, a quién hay que remitir la factura, etc. dentro de un plazo concreto.
Te dejo un par de enlaces para que eches un vistazo, son los que más conozco.
Bidegiak (aquí, hay que registrarse y luego te emiten mensualmente una factura con los gastos del mes vencido):
https://www.bidelan.com/asp/%28pcyn3z55gwqdpy55kkp05b45%29/cliente/login.aspx?ReturnUrl=/ASP/cliente/cliente.aspx?idm=esp&idm=esp
Autopista Vascoaragonesa (aquí, imprimes un documento en donde señalas los datos y debes enviarlo antes de mediados de mes):
http://www.ap68.es/facturacion/quees.php
Espero que te sirva de algo.
Un saludo.
Ojo, será fiscalmente
Ojo, será fiscalmente deducible, aún con factura normalizada, siempre y cuando reuna las condiciones señaladas en el Art.9 del Reglamento del IRPF. Es decir, corresponda a desplazamientos por actividades de la empresa a cualquier punto.
Si corresponde al desplazamiento HABITUAL del trabajador, desde el domicilio del mismo a la empresa, no es deducible fiscalmente. Ni aún con factura. Y menos aún, si ya por convenio existe en nómina un plus por transporte.
Saludos.
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http://datakon.esforos.com/
Aprender sin pensar es tiempo perdido. Pensar sin aprender es peligroso (el Confucio, ese)