PROMOTORAS
Hola. Trabajo en una asesoria y nos ha entrado un cliente nuevo cuya actividad es la de promocion de viviedas.
Tengo claro que el solar se inmoviliza, pero ¿que pasa co los gastos del arquitecto, colocación de vallas de segridad, ingenieros y, claro está, las facturas de la constructora? ¿se inmoviliza todo? ¿qué porcentaje o nº de años puedo amortizarlo?
Gracias
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Normas de consolidación. Comentarios y casos prácticos La presente obra realiza un estudio del contenido de las Normas de Consolidación tras la modificación del Código de Comercio realizada por la Ley de Reforma Mercantil (Ley 16/2007). Cierre contable y fiscal. Estados financieros según el nuevo PGC La presente obra tiene por objeto realizar un estudio sistemático de todos los ajustes contables y fiscales que las empresas tienen que realizar para proceder al cierre de los ejercicios contables que se produzcan a partir del 1 de enero de 2008, de acuerdo con la legislación contable en vigor. |





Pués no señor, no se
Pués no señor, no se inmoviliza, sinó que todos estos gastos funcionan activados via Circulante.
Debes tener presente para esta contabilidad la adaptación del PGC para el sector Inmobiliario.Conlleva algunas variantes en el cuadro de cuentas y normas de valoración diferenciadas del general, en razón de la singularidad del sector.
La compra del solar se registra en la 601.
Los gastos por las obras inherentes a la promoción en la 606.
Sin perjuicio del registro por su naturaleza de todo el resto de gastos generales.
A fin de ejercicio,si la obra se encuentra en curso de construcción, hay que sumarizar los costes de la promoción ,a través de las respectivas cuentas de Variación de existencias, para activarlos como inventario de Edificios en construcción, bien en la 330 o 340.
Existencias
Te aconsejo que lleves las existencias por el metodo administrativo de cuenta única, es decir todo a una cuenta 33(solar, gastos arquitecto, facturas constructora, intereses de prestamo,...), y lo darás de baja cuando vendas la promoción.
TRATAMIENTO DEL SUELO
TEN CUIDADO CON EL SUELO, PUES SI INICIALMENTE LO ADQUIERES PARA NO EDIFICAR, TAL Y COMO TE DICE PETRUS, DEBES REFLEJAR LA ADQUISICION EN LA 601, PERO SI VAS A EDIFICAR O YA TIENES PROYECTO BASICO DE EJECUCION, DEBES LLEVARLO DIRECTAMENTE A LA CUENTA DE LA PROMOCION COMO GASTO DE LA MISMA EN LA 606, PUESTO QUE AL REGULARIZAR EXISTENCIAS SE IRA REALIZANDO EN LA MEDIDA EN QUE LO HAGA EL RESTO DE LA OBRA