ERROR EN APLICACIÓN RETENCIÓN

En 2010 el importe de la retención aplicado a los alquileres ha pasado del 18% al 19%. Como arrendadores el 1 de enero enviamos la factura al arrendatario con el 18%. Para corregir este error debemos emitir una factura rectificativa? o también es correcto un abono para anular la primera y una nueva factura con el 19%? Gracias por la respuesta.

Retención por IRPF

La rectificación del dato de la retención por IRPF en una factura de alquileres no precisa de expedirse UNA FACTURA RECTIFICATIVA.
Simplemente redactas una nueva factura con el cálculo de la retención al 19% y punto.En tu contabilidad deberás modificar el asiento de la retención, si es que en tu programa se registra al momento de facturar, en vez del de cobrar.
La factura rectificativa es exigible cuando hay que variar algunos de los conceptos exigidos por el reglamento de Facturación en el ámbito del I.V.A.. El IRPF queda al margen de la cuestión,empezando porque incluso no es obligado el detallar en la factura el descuento de pago por la retención; lo que es, eso si obligatorio, es que el pagador practique la retención establecida.

En primer lugar quisiera

En primer lugar quisiera darle las gracias por su rápida respuesta. Estoy de acuerdo con sus comentarios. Pero el arrendatario argumenta que ha contabilizado la primera factura que emitimos y en la que aparece reflejado el 18% de retención y nos exige "un abono" y una nueva factura... Intentaré convencerle con su argumentación.
En el caso de vernos forzados a emitir una rectificativa le ruego nos confirme si deberiamos redactarla del mismo modo que la que hubiera correspondido con el 19%, indicando expresamente que se trata de una factura rectificativa, con una numeración especial y especificando que factura rectifica y el motivo.

Espero su útil respuesta. Gracias.

Retención por IRPF

Creo que lo mejor que podrias hacer es que sea el cliente el que te diga como lo prefiere. Ya ha quedado claro, por lo menos en mi opinión, que el arreglo queda al margen de las normativas de facturación, por ser un tema de IRPF y no de IVA.
Si lo prefiere, puedes mandarle nueva factura como si de una rectificativa se tratase, con los valores ajustados al 19% de retención.También seria factible mandarle una, simplemente de abono, por el efecto del 1% de mayor deducción.

MIL GRACIAS PETRUS

MIL GRACIAS PETRUS