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Libro de Contabilidad - Plan General Contable

Autores: Sotero Amador Fernández , Javier Romano Aparicio y Mercedes Cervera Oliver

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PERDIDAS A FINAL DE AÑO

Enviado por ludimi el Jue, 18/02/2010 - 21:57.
  • Nuevo Plan General de Contabilidad (España)

La empresa da perdidas, por otro lado el administrador y participe a concedido credito a la empresa en año anterior pasando a la cuenta 171, ¿ se puede realizar apunte de donación de parte de deuda en compensación de las perdidas que ha generado la empresa? De esta forma queda a "cero" ni perdidas, ni ganancias y en este caso hay que detallar el I.S.
movimiento
D 171 - H 747
Gracias por la ayuda

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Enjuague pérdidas

Enviado por Petrus el Vie, 19/02/2010 - 16:34.

Se impone la lectura de:

" Plan General Contabe - PYMES
Normas de Valoración y Registro
18.ª Subvenciones, donaciones y legados recibidos
.../...
2. Subvenciones, donaciones y legados otorgados
por socios o propietarios
Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrables
recibidos de socios o propietarios, no constituyen
ingresos, debiéndose registrar directamente en los fondos
propios, independientemente del tipo de subvención,
donación o legado de que se trate. La valoración de estas
subvenciones, donaciones y legados es la establecida en
el apartado 1.2 de esta norma."

En consecuencia,seria válido en todo caso el trasvase de la 171 a la 118 y posteriormente desde ésta a la 121, a fin de compensar las pérdidas dentro del Patrimonio Neto. Sin que para ello afecte para nada al resultado del ejercicio que continuaria luciendo en pérdida, ya que como vemos, procediendo las donaciones de manos de Socios o propietarios, no ha lugar a que figueren como ingresos.

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Una explicación convincente

Enviado por ludimi el Vie, 19/02/2010 - 16:49.

Muchas gracias, me ha servido de ayuda, en definitiva cada año que de perdidas se pueden compensar al siguiente ejercicio una vez pasado el 25% en este caso de la 4745 a la 121 y como aportación de socios 118 se compensa,es esto lo que mas o menos deduzco.

Luis Díaz

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Perdona, pero yo no he dicho

Enviado por Petrus el Vie, 19/02/2010 - 20:47.

Perdona, pero yo no he dicho nada de todo esto que apuntas.
Me he limitado a concretar que el trasvase por condonación de un pasivo reconocido como deuda con el socio, NO PUEDE tener el tratamiento de ingresos como si de una subvención se tratase y con ello mejorar el resultado. Debe adecuarse como una aportación para compensar pérdidas con efectos directos al Patrimonio Neto.
En otro orden de cosas, ante un resultado en pérdidas, existe la posibilidad, por mi parte recomendada, de registrar el crédito fiscal de su base imponible negativa dentro del propio ejercicio en base al asiento
Debe: 4745
Haber: 6301
El resultado queda mejorado por el efecto impositivo y pasará, cuando se aplique en el próximo ejercicio a la 121, en espera de compensaciones de posteriores resultados contables en beneficio.

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Perdoname a mi

Enviado por ludimi el Dom, 21/02/2010 - 01:37.

Te pido disculpas Petrus no era mi intención, solo he tratado tu primer apunte a mi caso y como existe del anterior ejercicio que dio perdidas apuntado en la cuenta 121 y este año ha vuelto a dar perdidas y juntandose con la deuda al participe y administrador, deduje que solo al pasarlo de la 171 a la 118 conforme apuntabas se podía deducir de la 121 y que únicamente se podía realizar de esta forma y no como yo preguntaba de realizar donación para que el ejercicio actual se reflejara en positivo, es por ello por lo que decía que entonces solo lo podría realizar de esta forma cada vez que un ejercicio también resultara negativo para condonar la deuda al siguiente año al pasarla de nuevo de la 4745 a la 121 y volver a realizar esa aportacion de la deuda 171 a la 118, que es lo que he entendido mas o menos.Y si no es de esta forma me vuelvo a disculpar, como verás mi conocimiento está bastante limitado. Muchas gracias por tus explicaciones.

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Enjueague pérdidas

Enviado por Petrus el Dom, 21/02/2010 - 21:27.

Hola ludimi:
Tranquilo no me he molestado, faltaria más, solo puntualizaba para tu mayor comprensión.
En tal intención, veamos si puedo añadirte algo más:
-Una cosa son los resultados contables en pérdida que al aplicarse pasan de la 129 a la 121.Siendo pérdidas,lo lógico es que repercutan en la liquidez de la tesoreria empresarial y por tal motivo es cuando los socios pueden acordar insuflar aportación monetaria para sanear la empresa. Entonces es cuando a través de la 118 pueden pasar a saldar la 121, con lo cual el patrimonio neto se recupera.
- Y otra cosa es el crédito fiscal,por las bases imponibles negativas de estos resultados en pérdidas, contabilizado en base a:
Debe: 4745
Haber: 6301
que modifican el resultado contable dentro del propio ejercicio, disminuyendo la pérdida.El saldo en la 4745, se desmontará en el momento en que, con un ejercicio en beneficios, la B.I.N. de las pérdidas anteriores se aplicarán al cálculo del impuesto, rebajando la cuota a pagar.En dicho momento, corresponderá contabilizar:
Debe: 6301
Haber: 4745
Espero que con todo ello, te aclare un poco la cuestión.

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ULTIMAS ACLARACIONES

Enviado por ludimi el Jue, 04/03/2010 - 09:36.

Necesito una última aclaración ya que la explicación me ha dejado claro, dos puntos:
1º- El crédito de la 4745 se puede pasar a la 121 como norma contable? se que se puede mantener hasta 15 años, pero me interesa para restar deuda del administrador y participe.
2º- He leido que las aportaciones para saldar deudas tras reunión de socios deben ir documentadas mediante modelo 600, en este caso las perdidas del ejercicio se intentan compensar con la deuda al administrador es decir
D-171 H-118
D-118 H-121
En este caso también habría que presentar el modelo 600? y si es así, ya no podría contabilizarlo para el 2009 por no haber presentado este modelo?

Con esto ya me despido de este tema, agradeciendo la ayuda aportada
Luis Díaz

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