113 RESERVAS VOLUNTARIAS
Trabajo en una asociación sin ánimo de lucro, y tengo abiertas dos subcuentas 4708 con saldos de subvenciones que ya no se van a recibir porque esos saldos estaban incluidos en una subvención que se reconoció posteriormente. El caso es que no sé cómo cerrar esas cuentas porque no se van a recibir. Sería posible cerrarlas con cargo a 113 Reservas Voluntarias tal y como se indica en el NPGC como corrección de Errores? Qué pasa luego con esas Reservas voluntarias??.
- Inicie sesión o regístrese para enviar comentarios






El nuevo PGC, entiende que
El nuevo PGC, entiende que los ajustes por errores de años anteriores no deben contabilizarse con cargo a la Cta. de P. y G. del año en que se registran.Al efecto de que la 129-Resultado del ejercicio, venga condicionado SOLO por las operaciones del presente año, ha dispuesto que estas regularizaciones vayan directamente al Patrimonio Neto,contra una cuenta de Reservas, en este caso la recomendada 113.
Así pues, el ajuste de estos saldos en la 4708 deberás llevarlos a la 113,
Debe: 113
Haber: 4708
reconociendo a seguido su efecto impositivo ( nominal x tipo del I.S.
Debe: 4740
Haber: 113
La partida depositada en la 113, al neto de su efecto impositivo, quedará definitivamente incorporada al saldo de dicha cuenta de reservas.
Luego, al cierre del año la aplicarás
Debe: 6301
Haber: 4740
en consecuencia de la compensación de su Base imponible ,en el cálculo del Impuesto de dicho año, con lo que la B.I. fiscal quedará disminuida, así como la cuota a pagar.
Al final de todo, la partida quedará depositada dentro del Patrimonio Neto, que es el destino final de cualquier resultado. En este caso, en vez de circular dentro de la 129, ha tomado otro camino, el directo a la 113.