Facturas de años anteriores
Buenas tardes,
Me ha llegado una factura del año 2008 y ya he cerrado el ejercicio.
Que numero de cuenta he de utilizar para contabilizar la factura?
Gracias.
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Me ha llegado una factura del año 2008 y ya he cerrado el ejercicio.
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Normas de consolidación. Comentarios y casos prácticos La presente obra realiza un estudio del contenido de las Normas de Consolidación tras la modificación del Código de Comercio realizada por la Ley de Reforma Mercantil (Ley 16/2007). Cierre contable y fiscal. Estados financieros según el nuevo PGC La presente obra tiene por objeto realizar un estudio sistemático de todos los ajustes contables y fiscales que las empresas tienen que realizar para proceder al cierre de los ejercicios contables que se produzcan a partir del 1 de enero de 2008, de acuerdo con la legislación contable en vigor. |
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Factura otro ejercicio
Supongo que debes referirte a una factura del 2009, en vez del 2008.En cualquier caso resulta indiferente, ya que si el importe de dicha factura no quedó provisionada como gastos al cierre del año anterior, ahora corresponderá regularizarla con cargo directo al Patrimonio Neto, en concreto a la 113-Reservas voluntarias,con posterior ajuste de su efecto impositivo.
Muchas gracias.
Muchas gracias.
Podrias realizar los
Podrias realizar los asientos correspodientes? si no es mucho pedir.
Partidas cargo a la 113
Aplícate el ejemplo de una respuesta que he encontrado para un tema anterior similar:
Las partidas traspadas al patrimonio neto, cuenta 113-Reservas voluntarias,hay que dejarlas registradas al neto del efecto impositivo. Es decir:
Si son gastos, dejarles abonado el 25% del impuesto
Si son ingresos, cargarlos con el 25% del impuesto
dando por supuesto que el tipo en que cotizamos a Hacienda en el 25%.
Así pues, el planteo contable en un ejemplo de:
5000 de Gastos pasados a la 113
12000 de beneficio antes de impuestos
1)- Por el reconocimiento del crédito fiscal que merecen las partidas llevadas a la 113, acto seguido de su asiento de cargo:
Debe: 1250 4740-Diferencias temporales deducibles
Haber: 1250 113-Reservas voluntarias
así pues,la partida a la 113 quedará depositada ya por su neto de 3750 (5000-1250)y así permanecerá invariable.
2)-Al cierre del ejercicio con beneficios, debemos aplicar/compensar este crédito fiscal a fin de rebajar la cuota a pagar a Hacienda. Procederemos.
Debe: 1250 6301-Impuesto indirecto
Haber: 1250 4740-Diferencias temporales deducibles
3)-Acto seguido procederemos al cálculo del impuesto devengado y a pagar.El devengado se nos presume que deberán ser el 25% de los 12.000 en beneficio, o sea 3000.Veamos:
Resultado contable antes de impuestos .... 12.000
Partidas llevadas al patrimonio neto ..... -5.000
BASE IMPONIBLE ........................... 7.000
CUOTA A PAGAR ( AL TIPO DEL 25%) ...........1.750
Asiento por la cuota a pagar:
Debe: 1750 6300-Impuesto corriente
Haber: 1750 4752-H.P. acredora por impuesto sobre beneficios
4)-De tal manera la cuenta 630-Impuesto s/.beneficios habrá recibido por una parte 1250 en la (6301) y otros 1750 en la (6300) que suman en total 3000 que, coincide con el devengado que hemos avanzado más arriba.
Obviando demás implicaciones, como pudieran ser ingresos a cuenta, otras compensaciones por pérdidas años anteriores, deducciones, etc.
Espero os pueda ser de utilidad.
Saludos.
OK! me ha quedado muy claro,
OK! me ha quedado muy claro, muchas gracias