No se contabilizo en el 2007
Hola.
En el 2007, no se contabilizaron unos finiquitos, que afetaban a las cuentas de gastos 640 y 642, osea que hubo un gasto real de esos finiquitos pero no se tuvo en cuenta en la contabilidad(no me digais porque, porque yo todavia no estaba en este puesto). Bueno mi duda es si se puede arreglar ahora. Creo que se podian corregir cosas de 4 años atras, esto es asi?? o sino de cuantos años atras se podria arreglar?
Si sabeis y podeis , hecharme una mano.
Gracias por anticipado.
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Gastos años anteriores
Aunque en el 2007 no no estuvieras a cargo de la contabilidad, deberias preguntar qué sucedió en esta historia.Si los finiquitos se pagaron,
1)-¿ De donde salió el efectivo ?
2)- ¿ la partida quedó o no contabilizada como pendiente en la 465?
3)-¿ Existe recibo de cobro de salarios por este finiquito y en su caso, se liquidó a SS.SS. e IRPF.?
En cualquier caso, de corresponder ahora la regularización deberia llevarse a la 113, por aquello de los errores de años anteriores, y ajustar su efecto impositivo.
A ver, si se pago todo
A ver, si se pago todo correctamente, el IRPF, la S.Social y los finiquitos tambien se pagaron a la gente correspondiente. Lo que paso es que el asiento correspondiente a esos finiquitos, no se hizo!!
Pero lo demas esta todo pagado correctamente.
Gastos años anteriores
Bien, ya vamos concretando. Entonces, habiéndose pagado estos salarios ¿ de donde salió el dinero ?; quizá del bolsillo particular del empresario ? ( S.L. o empresario autónomo).
Por otra parte, si se ingresó los SS.SS.e IRPF por las retenciones,¿ como cuadraron las respectivas cuentas acredoras de la 47-Administraciones públicas ?,ya que dices que no se contabilizó nada.
Finalmente , si la cosa se remató totalmente al margen de la contabilidad ¿ qué necesidad hay ahora de rescatar su registro, después de 4 años?.
error en un asiento de inmovilizado
maria
En el año 2001, compró la empresa un turismo cuyo asiento fué contabilizado no como gasto , sino que se llevó a gastos no deducibles y a bancos(pues se pagó por el banco en una sola cuota).
En 2003 tuvo la empresa una inspección de hacienda y el inspector, nos aconsejó que se comtemplara en el inmovilizado y lo fueramos amortizando aunque esos dos años transcurridos desde la compra no se podían recuperar en la amortización.
Al hacer el apunte en el 2003 y por error, se valoró el turismo no por la cantidad que costó, sinó por la cantidad, ya descontadas las correspondientes cantidades de amortización de los años 01 y 02 que no correspondia descontarse , digo por error porque posteriormente y no teniendo en cuenta este hecho, volvió a apuntarse esta cantidad que suponían esos dos años en amortización acumulada aunque sin contabilizarlo como gasto. así pues el valor del vehículo se infravaloró en la cuenta de inmovilizado y se aumentó la cuenta de amortización acumulada. así que el valor restante no es real y no puedo amortizar lo que legalmente puedo.
No sé de que modo , o si se puede, corregir el valor del vehículo en la cuenta 218,,, que en el 2003 se apuntó mal.