MODELO 347 EN ESTIMACION OBJETIVA
En años anteriores he declarado en 347 los pagos/cobros superiores a 3.005 € en Estimación Objetiva (Modulos).
Por consulta telefónica la AEAT me dice que los autónomos en módulos no declaran en el 347.
Alguién me puede aclarar este tema.
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Lo que te dicen en aeat es
Lo que te dicen en aeat es lo correcto, los autónomos en módulos no estan obligados a presentar el modelo 347. Lo sé porque he trabajado en una asesoria y no se presentaba.
Efectivamente así es, hasta
Efectivamente así es, hasta finales del año pasado llevaba las cuentas de dos autonomos en modulos (ahora llevo uno y una S.L.) y te aseguro que jamás he presentado 347.
modelo 347 en módulos.
Según mis consultas, las personas físicas en regimen de estimación objetiva no hacen el 347. Pero si te sirve de algo te diré que yo he tenido requerimiento de hacienda para declarar el 347 en dos de los clientes por que están en modulos para iva en recargo de equivalencia y en Estimación directa para Renta.
Si vuelves a consultar a hacienda mencionales este hecho a ver que te dicen.
Saludos. ana.
hola buenas. Yo te hablo de
hola buenas. Yo te hablo de Vizcaya. El otro día hablé con hacienda porque varios clientes míos que tributan por módulos han recibido requerimiento para presentar el 347 del 2005, y me dijeron que están obligados todos excepto los que estén en módulos de renta y recargo de equivalencia en iva. Es el primer año que requieren a todos los obligados, ya que otros años han pasado. Si te sirve de algo..